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El Servicio de Administración Tributaria negó a un trabajador la devolución de un saldo a favor de ISR de 2016. Esto se debe a que consideró que el trabajador omitió acumular ingresos de dos patrones que lo reportaron en sus DIM (Declaración Informativa Múltiple) en su carácter de retenedores.

Sin embargo, un tribunal estimó ilegal que la autoridad fiscal negara la devolución. Ante la negativa de haber percibido ingresos de dichos patrones, el trabajador acreditó con estados de cuenta y constancia de sueldos y salarios sus ingresos.

El órgano jurisdiccional determino que la carga de la prueba correspondía a la autoridad fiscal, pues es indebido que únicamente se basara en las DIM.

Recordemos que las personas físicas que perciben ingresos por sueldos y salarios deben acumularlos para efecto de calcular el Impuesto sobre la Renta (ISR).

Además, las personas que efectuaban retenciones derivadas del pago de sueldos y salarios tenían que presentar la Declaración informativa Múltiple (DIM).

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) retomó este criterio jurisdiccional y lo publicó en su portal de internet.

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