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Sí no han pasado cinco años después de tu baja en el IMSS y has cotizado al menos 52 semanas, puedes incorporarte nuevamente.

En caso de haber perdido tu trabajo, tienes abierta la opción de incorporarte a la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio, en el que podrás continuar cotizando en los seguros de invalidez y vida, en el seguro de retiro en edad avanzada y vejez, con los cuales continuarás acumulando semanas de cotización y recursos de tu cuenta individual.

Las cotizaciones en esta modalidad no puedes ser menores al monto con el que estaba inscrito en la fecha de la baja de su ultimo trabajo ni mayor al que se indica en el que marca el artículo 28 de la Ley del Seguro Social.

Los montos para quienes cubren los requisitos que se señalan en la Ley del Seguro Social, depende en el régimen de 1973 en el que las semanas cotizadas ascienden a 500 como mínimo, el salario promedio de cotización de las últimas 250 semanas cotizadas y la edad de retiro.

Para los asegurados en el régimen de 1997, son requeridas 750 semanas de cotización y al menos 60 años y con base en el monto de la pensión de los recursos acumulados en la cuenta individual o si los recursos no son suficientes para el logro de la pensión, se podrá tener acceso a una pensión mínima garantizada, la cual se calcula con el salario promedio de toda la vida laboral y el número de semanas cotizadas.

El trámite a la incorporación voluntaria al régimen obligatorio es gratuito y lo puedes realizar en las subdelegaciones del instituto o mediante un trámite en línea.

 

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(12 de abril de 2021) idc Online. Obtenido de https://idconline.mx/seguridad-social/2021/04/12/como-seguir-cotizando-al-imss-despues-de-perder-el-empleo