fbpx

Como una medida de regulación de impuestos, el SAT ha decidido bloquear a todas las aplicaciones digitales que no estén dadas de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), las que no cumplan con sus obligaciones fiscales o las que omitan información ante en Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Dichas medidas parten de las modificaciones a las leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), esto con el propósito de tener un mayor control fiscal sobre los prestadores de servicios extranjeros.

Ante ello la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) ha publicado un listado de las empresas que se han dado de alta hasta el 31 de agosto.

Para darse de alta el SAT a puesto a la disposición y micrositio para el registro del contribuyente.

En las nuevas regulaciones se estipula que se verán obligados a pagar impuestos todos aquellos que proporcionen un servicio por medio de aplicaciones o medios digitales a través del internet. Entre ellos se presentan las plataformas para la descarga o acceso a contenido multimedia y juegos, la enseñanza a distancia y los sitios de citas.

A los usuarios se les deberá de advertir del cobro del IVA por el uso del servicio y tendrán que presentarlo en su declaración de impuestos.

Algunos expertos consideran esta como una excelente medida para contemplar la recaudación de impuestos correcta de todas las empresas que comercializan en nuestro país.

 

¿Qué deben hacer los contribuyentes?

  • Inscribirse en el RFC y tramitar su firma electrónica avanzada.
  • Designar ante el SAT a un representante legal y proporcionar un domicilio en el país para notificación y vigilancia.
  • Retener el IVA e ISR, según corresponda.
  • Realizar el pago del IVA correspondiente.
  • Expedir comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) de Retenciones e información de pagos, al realizar una retención.
  • Cuando se solicite, deberán emitir y enviar vía electrónica los archivos electrónicos en formato PDF que contengan los comprobantes del pago de las contraprestaciones, con el IVA incluido.
  • Proporcionar mensualmente información de las operaciones realizadas, independientemente de que procesen pagos.

 

Es importante mantenerse informado sobre los constantes cambios que presenta el SAT, por el momento es necesario contemplar las nuevas regulaciones ante las aplicaciones y plataformas que ofrecen servicios vía internet, lo que implica darse de alta ante el RFC y comenzar a cumplir con las obligaciones fiscales.

 

CREU es una firma de consultoría corporativa con expertos en las áreas financiera, fiscal, legal, operativa y de negocios; puedes encontrarnos en FacebookTwitter y Linkedln.

 

Black Box. (28 de octubre de 2020). Entrepreneur. Obtenido de https://www.entrepreneur.com/article/358575