Según experto consultados por Reforma, las empresas podrían adoptar ajustes salariales para sus empleados por el coronavirus.
Se podrían dar casos en los que se opte por trabajo remoto y home office, en este caso el salario deberá mantenerse por completo.
Sin embargo, hay casos en donde los empleados no podrán trabajar desde sus casas.
En estos casos la empresa se encontraría ante un cierre total por contingencia sanitaria.
La Ley Federal de Trabajo, reformada en 2012 y tomando en cuenta el brote de influenza en 2009 establece que:
- La suspensión de labores que declare la autoridad sanitaria competente, en los casos de contingencia sanitaria.
- El patrón está obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente por cada día de la suspensión.
Por otra parte está la Ley del Seguro Social, la que establece que en casos de suspensión, el patrón deberá cotizar y pagar durante 7 días consecutivos el seguro de enfermedades y maternidad. En caso de durar más de 7 días el patrón deberá seguir pagando las cuotas obrero-patronales respectivas.
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Con información de El Contribuyente