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El pasado viernes 8 de febrero de 2019 los senadores de la Legislatura LXIV Minerva Hernández Ramos, Alejandro Armenta Mier y José Luis Pech Varguez, integrantes de los grupos parlamentarios de Acción Nacional y del Movimiento de Regeneración Nacional presentaron una iniciativa que pretende reformar el CFF, en específico lo vinculado con la restricción a la compensación universal porque afecta a los contribuyentes cumplidos.

¿Qué contiene la propuesta?

Las modificaciones consistirían en:

  1. Derogar el artículo 25, fracción VI, de la LIF 2019
  2. Los contribuyentes que cuenten con la constancia vigente de cumplimiento de obligaciones fiscales sustantivas, emitida por la autoridad fiscal podrán ejercer plenamente su derecho a la compensación universal de cantidades que tengan a su favor en contra de las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retenciones (art. 23, primer párrafo, CFF)
  3. Que los proveedores a quienes se adjudique un contrato de obra pública, para poder subcontratar, deberán solicitar y entregar a la contratante la constancia de cumplimiento de las obligaciones fiscales sustantivas del subcontratante, que se obtiene a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (art. 32-D, último párrafo, CFF)
  4. Que los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2018, tengan saldos a favor de impuestos o cuenten con algún remanente por concepto de impuestos no compensados, aplicarán lo previsto en el CFF, la LIVA y la RMISC 2018

¿Por qué es viable?

A decir de los que suscribieron el planteamiento descrito, de aprobarse, permitirá, por un lado, que los contribuyentes ejerzan plenamente su derecho a la compensación, si cuentan con la opinión del cumplimiento de sus deberes fiscales, y por otro, cerrar espacios para la evasión fiscal.

Mi nombre es Enrique Cruz Segura, soy contador público certificado con una trayectoria y experiencia profesional por más de 25 años como auditor, consultor fiscal y de negocios.  Me puedes contactar en @ECruzSe.