La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el DOF las disposiciones de carácter general aplicables a los retiros programados y se dieron a conocer los cambios más relevantes que están vigentes a partir del pasado 21 de junio.
Insuficiencia de recursos
Se refiere a cuando el saldo de la cuenta no es suficiente para pagar el monto equivalente al retiro programado o pensión garantizada durante los siguientes 12 meses.
Transferencia de aportaciones subsecuentes
Ya sean extemporáneas o por encontrarse en aclaración o bien, por reingreso al Régimen Obligatorio de Seguro Social (ROSS). La Afore deberá depositarlo en la cuenta individual con atributo de pensión.
Si el pensionado fue dado de alta nuevamente en el ROSS puede solicitar a la administradora el retiro de dichos recursos en una o varias exhibiciones o la transferencia de estos a subcuentas asociadas según el caso.
Cancelación del retiro programado por cambio de modalidad en la pensión
Cuando el pensionado bajó retiros programados solicita el cambio, la administradora debe verificar que los recursos de la cuenta individual sean los suficientes para que el convenio sea igual o mayor a la que corresponda conforme a lo siguiente:
- Pensionados por el ramo de cesantía en edad avanzada, al monto promedio de las pensiones garantizadas que son correspondientes a un salario mínimo y 60 años, de conformidad con lo establecido en el artículo 170 de la Ley del Seguro Social (LSS)
- Pensionados en el ramo de la vejez, a la pensión garantizada correspondiente a las semanas de cotización y a la edad de 65 años, conforme a la tabla establecida en el artículo 170 de la LSS
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Nancy Rodríguez (18 de junio de 2021) idcOnline. Obtenido de https://idconline.mx/seguridad-social/2021/06/18/nuevas-reglas-para-pensiones-imss