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El pasado 21 de abril el IMSS dio a conocer a través del boletín de prensa número 213/2020 el pago en parcialidades simplificado.

Lo más relevante…

1. El Seguro Social ofrecerá a los patrones interesados, celebrar un convenio de pago a plazos de modo simplificado.
2. Interés fiscal no deben garantizarse de forma obligatoria.
3. Importe mínimo a cubrir:
o 20% cuotas patronales
o 100% cuotas obreras
4. El pago a plazos puede ser:
o 20 meses con tasa de interés de 1.26%
o 12 a 24 meses con tasa de 1.53%
o 24 a 48 meses con tasa de 1.82%

Para formalizar el convenio solo se debe enviar un correo a la dirección convenioorienta@imss.gob.mx conteniendo la siguiente información:
o Motivo de petición (requerimiento de autorización de pago a plazos y lapsos correspondientes).
o Tarjeta de identificación patronal.
o Identificación oficial del patrón o representante legal.
o Fojas del acta constitutiva de la persona moral indicando la razón social y conteniendo el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
o Poder notarial si se trata de persona moral (para así acreditar el carácter del representante legal del cual se desprenda la facultad de realizar trámites ante entidades públicas o actos de administración.

Una vez verificada la información por el IMSS, se le enviará por correo al patrón el convenio y la ficha de depósito con la respectiva línea de captura, la cual se paga por medio del SPEI a la cuenta 021180550300067765 del banco HSBC.

Cabe mencionar que el pago sólo debe realizarse tras haber recibido la ficha de depósito por medio del correo electrónico

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Con información de Idc Online