El reparto de utilidades, o PTU, de las empresas es un derecho constitucional que tiene los trabajadores, para recibir un porcentaje de las ganancias que obtuvieron sus patrones durante el año.
¿Quién las recibe?
Las personas que tienen derecho a recibir una parte de las utilidades de las empresas en las que laboran, son las que presten un trabajo personal subordinado a una persona física o moral, por lo menos durante 60 días en el ejercicio fiscal anterior.
¿Cómo se calcula?
El cálculo es en función del número de días laborados en el año y el sueldo de cada trabajador.
¿Quién sí y quién no está obligada a darlas?
Si la compañía en la que labora el trabajador reportó pérdidas o carece de utilidades fiscales, no está obligada a realizar el reparto, así como las empresas que tienen menos de dos años operando, instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, IMSS y entidades públicas culturales, asistenciales o de beneficencia, así como ciertas empresas con capital menor al que establezca la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
¿Quién decide qué porcentaje se tiene que repartir?
La encargada de fijar el porcentaje de la utilidad fiscal al que tienen derecho los trabajadores, que actualmente es del 10%, es la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
¿Cómo se reparten las utilidades?
De acuerdo con el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios asignados a los trabajadores.
Fecha límite para el reparto de utilidades 2019
Para las personas físicas, la entrega de utilidades en 2019 debe realizarse a más tardar el 29 de junio.
Para las personas morales será a más tardar el 30 de mayo.
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