La declaración anual es una información que se presenta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las operaciones fiscales realizadas durante el ejercicio , que necesariamente algunas de esas cifras se originan de las operaciones financieras por lo cual también se presentan estado de resultados y estado de situación financiera.
Por tal motivo es importante tomar una serie de previsiones antes del término del ejercicio.
¿Cuándo es la fecha límite para presentar la declaración anual?
El próximo 1° de abril de 2019 es la fecha máxima para presentar la declaración anual de personas morales del ejercicio fiscal que comprende del 1° de enero al 31 de diciembre de 2018.
Consecuencias por el incumplimiento de la declaración anual
Según la fracción I del artículo 81 del Código Fiscal de la Federación (CFF), una infracción por la no presentación de las declaraciones, no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la SHCP, o bien, presentarlas al requerimiento de las autoridades fiscales.
Mientras que en la fracción I del artículo 82 del citado CFF, se establece como sanción a dicha infracción una multa de $12,640.00 a $25,300.00, por no presentarse la declaración en los medios electrónicos autorizados, o ser presentada fuera de los plazos legales.
Además de eso, se establece una multa de $ 1,240.00 a $ 15,430.00 por cada una de las obligaciones no declaradas, esto es, cuando se presenta la declaración anual, pero se omite incluir el dato relacionado con alguna obligación que se tenga.
Fundamento legal
- Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículos 9, fracción II, párrafo segundo, 64, fracción V, 67 primer párrafo, 72, fracción II, 74, fracción II, 76, fracciones V y VII, 109, 152, Noveno transitorio, fracción XV, XVI, XVII, XVIII, XIX.
- Resolución Miscelánea Fiscal para 2017. Anexo 1, Rubro A, punto 2.
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Fuente: Sánchez Estrada, J. (2018). Cierre Anual de Personas Morales. Excelencia Profesional, 4-7.